Estimados y estimadas,
A continuación un breve resumen informativo actualizado acerca del proceso que vivimos internamente en nuestra Escuela en torno a la instauración de los Consejos de Departamentos, instancias que comenzarán a sesionar pronto y donde tendremos participación estudiantil.
I. ¿Qué son los Consejos de Departamento?
Los Consejos de Departamento son nuevas unidades académicas a crearse en todas las facultades de nuestra Universidad en virtud del nuevo Reglamento General de Facultades aprobado el año 2009. Estos funcionan como órganos conformados por estudiantes y docentes, cuya funciones primordiales son la aprobación del Plan Anual de Desarrollo Académico de cada unidad, la aprobación presupuestaria, que se cumplan las funciones propias a cada departamento en torno a gestión, programa y proyectos y el cumplimiento de reglamentos (plazos de entrega de notas, evaluaciones comunes, publicación de las asistencias en los ramos en que son requisito para aprobarlos, etcétera). Así, dentro de estas existe un rol importante: en estos espacios, tras la discusión y aprobación de un programa académico, como estudiantes podremos comenzar de a poco a incidir a nivel de las políticas de docencia, investigación y extensión que en ellas se discutan -es decir, de la re-orientación del conocimiento mismo-, configurando unidades académicas desde una verdadera Universidad Pública.
II. ¿Cuándo se instaurarán en nuestra Escuela?
El Reglamento General de Facultades establecía un plazo máximo de 3 años para su instauración, plazo que se vio superado en septiembre del pasado año. El retraso se debe a que muchas unidades académicas no cumplían con los requisitos establecidos para el establecimiento de los Consejos, particularmente el que cada departamento tenga por lo menos 22 profesores con jornada completa. Tras solicitudes especiales realizadas por diversos decanos, se ha dado autorización especial para su implementación, la que fue aprobada por el Consejo de Facultad en noviembre del 2012. Así, y ya electos los profesores en sus respectivos departamentos (aunque algunos se quedaron sin postulantes o sin llenar los cupos) y esperando la nominación de otros, su establecimiento se dará en el corto plazo.
III. Participación estudiantil.
Como bien se mencionó, como estudiantes podremos participar de los Consejos de Departamento con derecho a voto y voz, por lo cual serían la segunda instancia a nivel de Escuela que se instaura con esas características (la primera fue el Consejo de Escuela) La cantidad de estudiantes que participarán en cada consejo de departamento es variable según la extensión del mismo en torno al número de profesores con jornada completa, siendo el máximo de 4 en Ciencias del Derecho y un mínimo de 1 en Derecho Comercial y Derecho del Trabajo y la Seguridad Social. En total, escogeremos 24 delegados que nos representarán en los consejos. Cabe destacar que la proporción de miembros aprobada en el Consejo de Facultad es de un 40% académicos designados por el Director de Departamento, 40% de académicos electos por votación universal y el restante 20% de estudiantes. Así, se aprobó el 31 de octubre en el Consejo de Facultad que los cupos para estudiantes por departamento, son:
4 cuposCiencias del Derecho
3 cuposDerecho Público
Derecho Privado
Derecho Procesal
Derecho Económico
2 cuposCiencias Penales
Clínicas del Derecho
Derecho Internacional
1 cupoDerecho Comercial
Derecho del trabajo y la Seguridad Social
4 cuposCiencias del Derecho
3 cuposDerecho Público
Derecho Privado
Derecho Procesal
Derecho Económico
2 cuposCiencias Penales
Clínicas del Derecho
Derecho Internacional
1 cupoDerecho Comercial
Derecho del trabajo y la Seguridad Social
IV. Definición de cómo sería nuestra participación en los Consejos.
En noviembre del paso año, se discutió en el Consejo de Representantes la necesidad de definir el marco de nuestra participación en los Consejos de Departamento. Básicamente, quiénes podrían postular, su vinculación con los organismos de representación estudiantil ya definidos, el cuándo se realizaría la elección, etcétera. Así, y tras diversas posturas que emergieron del debate en las asambleas de generación, se generó un voto con los disensos, el cual fue refrendado en diciembre del 2012. A continuación en negrita qué ganó en cada postura, la cual nos entrega hoy el marco de nuestra elección:
I. ¿Cuál debe ser el requisito para ser electo Concejero de Departamento?:
__ Ayudante de algún ramo obligatorio del Departamento, con decreto habilitante firmado por el Decano.
__ Haber aprobado al menos el 50% de créditos en ramos obligatorios (obligatorios + optativo) del Departamento.
II. Incompatibilidades
__ El cargo "Concejero de Departamento" será incompatible con cualquier otro cargo de representación estudiantil en la Facultad.__ Sólo no es compatible con ostentar el mismo cargo en otro Concejo de Departamento.
III. Duración del Cargo:
__ 1 año.__ 2 años.
IV. Fecha de la futura elección de los Concejeros de Departamento:
__ Diciembre 2012.
__ Marzo 2013.
Cabe destacar que, en vista de que no hubo quórum en esta elección, se determinó que se respetarían las votaciones mayoritarias pero que se re-discutiría el marco entregado más adelante, para otorgarle mayor validez a la misma y no entorpecer en el ahora la implementación de los Consejos. Para ver los votos que obtuvo cada opción, click AQUÍ.
V. Elecciones de Consejeros.
Cualquier duda, pueden referirla a ljofrerios@gmail.com.
Un abrazo.
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